Ley 25.871

Artículo 36Impedimento de salida

Texto oficial

La autoridad migratoria podrá impedir la salida del país a toda persona que no se encuentre en de la documentación necesaria, conforme a lo dispuesto por esta ley y su reglamentación.

Qué significa en la práctica

La autoridad migratoria puede impedir la salida de quien no tenga la documentación necesaria.

Normas relacionadas

← Ver en Ley de Migraciones completaLeyes