Ley 25.880

Artículo 12Los convenios marco no reemplazan la autorización

Texto oficial

La solicitud de autorización al Congreso de la Nación y el otorgamiento de los permisos correspondientes a las circunstancias del artículo 6° mediante los procedimientos que establece esta ley, procede aun en el caso de que la introducción de tropas extranjeras en el territorio de la Nación y la salida de fuerzas nacionales fuera de él estuvieran previstas en convenios marco de cooperación aprobados por ley.

Qué significa en la práctica

Aunque el ingreso o la salida estén previstos en un convenio de cooperación aprobado por ley, igual hace falta pedir la autorización o dictar el acto fundado según esta ley. Un acuerdo general no habilita movimientos concretos.

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