Texto oficial
Fíjase como crédito para financiar los gastos de funcionamiento, inversión y programas especiales de las Universidades Nacionales la suma de DOS MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y SIETE MILLONES DOSCIENTOS DOS MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y OCHO PESOS ($ 2.257.202.398), de acuerdo con el detalle de la planilla anexa al presente artículo.
Las Universidades Nacionales deberán presentar en tiempo y forma la información que requiera el Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología, a través de la Secretaría de Políticas Universitarias, necesaria para asignar, ejecutar y evaluar los compromisos asumidos en los distintos Programas que desarrolle la citada Secretaría. El Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología podrá disponer la no transferencia de partidas presupuestarias en caso de incumplimiento en el envío de dicha información.
El Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología garantizará el adecuado funcionamiento de las unidades académicas de Pergamino y Junín, afectando, como mínimo, los recursos necesarios para el mantenimiento de las actuales condiciones de funcionamiento.
Qué significa en la práctica
Fija en $ 2.257.202.398 el credito para financiar los gastos de funcionamiento, inversion y programas especiales de las universidades nacionales, segun la planilla anexa. Las universidades deben presentar en tiempo y forma la informacion que requiera la Secretaria de Politicas Universitarias para asignar, ejecutar y evaluar los compromisos de los programas, y el Ministerio puede disponer la NO transferencia de partidas si no la envian. Ademas obliga al Ministerio a garantizar el funcionamiento de las unidades academicas de Pergamino y Junin, afectando como minimo los recursos para mantener sus condiciones actuales.