Texto oficial
El Jefe de Gabinete de Ministros, en oportunidad de proceder a la distribución establecida en el artículo 5º, reasignará los créditos correspondientes al Ente Nacional de Obras Hídricas de Saneamiento (ENHOSA) financiados con Fuente 11 - Tesoro Nacional, incluidos en el Inciso 5 - Transferencias, por la suma de CATORCE MILLONES TRESCIENTOS QUINCE MIL PESOS ($ 14.315.000) para destinarlos al Inciso 4 - Bienes de Uso, con el fin de atender el financiamiento de obras del citado organismo incluidas en la planilla anexa al artículo 12.