Ley 26.198

Artículo 48Convalidación de aumentos previsionales por decreto

Texto oficial

Convalídanse los aumentos en las prestaciones mínimas dispuestos en los Decretos Nros. 391 de fecha 10 de julio de 2003; 1194 de fecha 4 de diciembre de 2003; 683 de fecha 31 de mayo de 2004; 1199 de fecha 13 de septiembre de 2004; 748 de fecha 30 de junio de 2005; y 764 de fecha 15 de junio de 2006; el suplemento por movilidad establecido en el Decreto Nº 1199/04, y el incremento general de las prestaciones del Régimen General dispuesto por el Decreto Nº 764/06.

Qué significa en la práctica

Convalida los aumentos de haberes mínimos y el suplemento por movilidad dispuestos por una serie de decretos entre 2003 y 2006.

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