Artículo 22El ejercicio contable cierra el 31 de diciembre
Texto oficial
Ejercicio contable. El cierre del ejercicio contable anual de los partidos políticos es el día 31 de diciembre.
Qué significa en la práctica
Unifica la fecha: el ejercicio contable anual de todos los partidos cierra el 31 de diciembre. En el texto original de 2006 cada partido fijaba su propia fecha de cierre en la carta orgánica; la Ley 27.504 lo estandarizó para poder comparar y controlar todos los balances al mismo tiempo.