Referencia electoral.
Para el supuesto de partidos que no registren referencia electoral
anterior se equiparará al partido que haya participado en la última
elección de diputados nacionales y que le corresponda el menor monto de
aporte. Para el caso de las alianzas se tendrá en cuenta la suma de
votos obtenida en dicha elección por los partidos que la integran, o el
aporte que les correspondiera.
Qué significa en la práctica
Resuelve el caso del partido nuevo, que no tiene votos previos con los que calcular la parte proporcional: se lo equipara al partido que participó en la última elección de diputados nacionales y al que le corresponda el menor aporte. Para las alianzas se suman los votos de los partidos que la integran, o los aportes que les hubieran correspondido.