Ley 26.215

Artículo 43 duodeciesCampañas de formación cívica digital

Texto oficial

Campañas de concientización y formación cívica en entornos digitales. Dentro de los treinta (30) días previos a cada comicio la Cámara Nacional Electoral deberá difundir mensajes institucionales de formación cívica y educación digital, destinados a informar cuestiones relacionadas con las elecciones y a concientizar a la ciudadanía sobre un uso responsable y crítico de la información electoral disponible en internet.

Qué significa en la práctica

En los 30 días previos a cada comicio, la Cámara Nacional Electoral debe difundir mensajes institucionales de formación cívica y educación digital, para informar sobre la elección y concientizar sobre el uso responsable y crítico de la información electoral que circula en internet.

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