Artículo 64Las alianzas y sus partidos responden igual
Texto oficial
Idénticas sanciones a
las previstas en los artículos anteriores serán aplicables a las
alianzas y a cada uno de los partidos políticos que las integra. Las
agrupaciones políticas quedarán exceptuadas de las sanciones siempre
que aleguen en su descargo los elementos suficientes que demuestren que
ese incumplimiento no les es imputable.
Qué significa en la práctica
Las mismas sanciones se aplican a las alianzas y a cada uno de los partidos que las integran. Pero deja una salida: la agrupación queda exceptuada si alega y demuestra, en su descargo, elementos suficientes de que el incumplimiento no le es imputable. Evita castigar a un partido por lo que hizo otro socio de la alianza a sus espaldas.