Ley 26.337

Artículo 61Avales para expansión del transporte de gas

Texto oficial

Facúltase a la SECRETARIA DE HACIENDA a otorgar avales a la vista del TESORO NACIONAL a favor del BANCO DE LA NACION ARGENTINA, a efectos de garantizar las obligaciones asumidas por los Fideicomisos estructurados a tales fines, procurando la concreción del financiamiento provisto por el Banco Nacional de Desarrollo de Brasil a sus exportadores, cursado a través del Convenio de Pagos y Créditos Recíprocos de ALADI por un monto de hasta QUINIENTOS DIEZ MILLONES QUINIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL DOLARES (U$S 510.588.000), necesarios para llevar adelante las expansiones del sistema de transporte de gas natural. Considéranse comprendidos dentro de los conceptos del inciso f) del Art. 2 — Ley 25.152 a los avales que se otorguen en los términos del presente artículo.

Qué significa en la práctica

Faculta a la Secretaría de Hacienda a otorgar avales del Tesoro a favor del Banco de la Nación por hasta 510.588.000 dólares, para garantizar los fideicomisos que financian, con crédito del Banco de Desarrollo de Brasil (BNDES) vía el convenio ALADI, las expansiones del sistema de transporte de gas natural.

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