Ley 26.390

Artículo 21Afiliación sindical desde los 16 (art. 13, Ley 23.551)

Texto oficial

Sustitúyase el Art. 13 — Ley de Asociaciones Sindicales, el que quedará redactado de la siguiente manera: Artículo 13: Las personas mayores de dieciséis (16) años, sin necesidad de autorización, podrán afiliarse.

Qué significa en la práctica

Reescribe el Art. 13 — Ley de Asociaciones Sindicales de Asociaciones Sindicales: los mayores de 16 años pueden afiliarse a un sin necesidad de autorización.

Normas relacionadas

← Ver en Ley 26.390 (Trabajo Infantil y Adolescente) completaLeyes