Ley 26.390

Artículo 24Contratos anteriores a la ley

Texto oficial

La prohibición dispuesta en el artículo 2º de la presente ley no será aplicable a los contratos de trabajo celebrados con anterioridad a la promulgación de la presente ley.

Qué significa en la práctica

La prohibición del Art. 2 no se aplica a los contratos de trabajo celebrados antes de la promulgación de esta ley.

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