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Presupuesto 2009 (Ley 26.422)
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Art. 69
Ley 26.422
Artículo 69
Prórroga del Fondo Nacional de Incentivo Docente
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Texto oficial
Sustitúyese el
Art. 1 — Prórroga del FONID (2004)
—Fondo Nacional de Incentivo Docente —, modificado por el
Art. 19 — Ley de Financiamiento Educativo
de Financiamiento Educativo, el que quedará redactado en los siguientes términos:
Artículo 1
º: Prorrógase la vigencia del Fondo Nacional de Incentivo Docente creado por la
Ley del Fondo Nacional de Incentivo Docente (FONID)
y sus modificaciones, por el término de SIETE (7) años a partir del 1º de enero de 2004.
Qué significa en la práctica
Sustituye el
Art. 1 — Prórroga del FONID (2004)
: prorroga por siete años, desde el 1/1/2004, la vigencia del Fondo Nacional de Incentivo Docente (FONID) creado por la
Ley del Fondo Nacional de Incentivo Docente (FONID)
, que financia el complemento salarial docente.
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Normas relacionadas
Relacionada con
Constitución Nacional
→
Complementa a
Administración Financiera
→
Modifica a
Ley de Procedimiento Tributario
→
Modifica a
Ley Complementaria Permanente de Presupuesto
→
Modifica a
Carta Organica del BCRA
→
Modifica a
Ley de Responsabilidad Fiscal
→
Modifica a
Ley de Lealtad Comercial
→
Modifica a
Ley del PAMI
→
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