Artículo 3Requisitos: plan de produccion e inversion minima de USD 1 millon
Texto oficial
Para adherir al presente régimen, las empresas deberán presentar para su aprobación por la , un plan de producción y un programa de importaciones y exportaciones.
Los beneficiarios deberán acreditar o comprometer inversiones no inferiores a una suma equivalente a dólares estadounidenses un millón (u$s 1.000.000), en todos o algunos de los siguientes incisos:
a) En activos fijos;
b) En inmuebles e instalaciones directamente relacionados con el proceso productivo enunciado en el plan;
c) Bienes de capital o su financiación, destinados al desarrollo de proveedores motopartistas locales.
A los fines dispuestos en el presente artículo, el Poder Ejecutivo nacional establecerá la fecha a partir de la cual podrán considerarse las inversiones y el período durante el que las mismas deberán quedar afectadas al proyecto.
Qué significa en la práctica
Para adherir, la empresa debe presentar un plan de produccion y un programa de importaciones y exportaciones para aprobacion. Ademas debe acreditar o comprometer inversiones no inferiores al equivalente de un millon de dolares (u$s 1.000.000) en activos fijos, en inmuebles e instalaciones del proceso productivo, y/o en bienes de capital para desarrollar proveedores motopartistas locales. El Poder Ejecutivo fija desde que fecha se computan las inversiones y por cuanto tiempo deben afectarse al proyecto.