Ley 26.476

Artículo 9Planes de pago caducos y reformulación

Texto oficial

Podrán regularizarse mediante el presente régimen las obligaciones vencidas al 31 de diciembre de 2007, incluidas en planes de facilidades de pago respecto de los cuales haya operado la correspondiente caducidad a la fecha de entrada en vigencia de la presente ley. Asimismo, podrán reformularse planes de facilidades de pago vigentes a la fecha de promulgación de la presente ley, excluidos aquellos mediante los cuales se haya solicitado la , sobre la base del Art. 16 — Ley 24.769 (Régimen Penal Tributario — derogada) y/o de la Ley de Presupuesto 2001.

Qué significa en la práctica

Permite regularizar obligaciones vencidas al 31/12/2007 incluidas en planes de facilidades cuya caducidad ya operó, y reformular planes vigentes a la promulgación, excepto aquellos por los que se solicitó la con base en el Art. 16 — Ley 24.769 (Régimen Penal Tributario — derogada) o en la Ley de Presupuesto 2001.

Normas relacionadas

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