Limitaciones . Las jurisdicciones provinciales, la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y las municipalidades no podrán imponer condiciones de funcionamiento y gravámenes especiales que dificulten la prestación de los servicios reglados por la presente ley, sin perjuicio de sus propias competencias.
Qué significa en la práctica
Fija las limitaciones aplicables a las jurisdicciones provinciales, la Ciudad de Buenos Aires y los municipios.