Artículo 33Modificación de anexos de promoción industrial
Texto oficial
Facúltase al Poder
Ejecutivo nacional para modificar los Anexos I y II del Decreto 135 de
fecha 7 de febrero de 2006, sustituidos por el artículo 1º del Decreto
1798 de fecha 3 de diciembre de 2007, a efectos de enmendar errores
materiales e incluir proyectos no industriales que fueron objeto de
reasignaciones de costos fiscales o de reformulaciones, según
corresponda, efectuadas por la de la Ley 22.021
y sus modificatorias, 22.702 y 22.973, con fecha anterior al 7 de
febrero de 2006.
Qué significa en la práctica
Faculta al Poder Ejecutivo a modificar los Anexos I y II del Decreto 135/2006 para enmendar errores materiales e incluir proyectos no industriales reasignados, en el marco de los regímenes de promoción de las Leyes 22.021, 22.702 y 22.973.