Artículo 34Límite para deudas previsionales judiciales (ANSES)
Texto oficial
Establécese como límite
máximo la suma de PESOS DOS MIL CUATROCIENTOS MILLONES ($
2.400.000.000) destinada al pago de deudas previsionales reconocidas en
sede judicial y administrativa como consecuencia de retroactivos
originados en ajustes practicados en las prestaciones del Sistema
Integrado Previsional Argentino a cargo de la Administración Nacional
de la Seguridad Social.
Qué significa en la práctica
Establece un límite máximo de $2.400.000.000 para el pago de deudas previsionales reconocidas en sede judicial y administrativa por retroactivos del Sistema Integrado Previsional Argentino a cargo de la ANSES.