Artículo 35Pago en efectivo de deudas previsionales consolidadas
Texto oficial
Dispónese el pago en
efectivo por parte de la Administración Nacional de la Seguridad
Social, de las deudas previsionales consolidadas en el marco de la Ley de Emergencia Económica 2000, por la parte que corresponda abonar mediante la colocación de
instrumentos de la deuda pública.
Qué significa en la práctica
Dispone que la ANSES pague en efectivo las deudas previsionales consolidadas de la Ley de Emergencia Económica 2000 en la parte que correspondía abonar con títulos públicos.