Ley 26.566

Artículo 13Transferencia de tecnología e INPI

Texto oficial

En la evaluación de los actos jurídicos vinculados a las actividades del artículo 1º de la presente ley que tengan por objeto la transferencia o licencia de tecnología, el Instituto Nacional de la Propiedad Industrial, organismo descentralizado en el ámbito de la Secretaría de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa del Ministerio de Industria y Turismo, o la autoridad que lo reemplace, tendrá como elemento determinante la información que en cada caso haya producido Nucleoeléctrica Argentina (NASA). Los contratos que celebre Nucleoeléctrica Argentina (NASA) serán de inscripción automática en el citado instituto.

Qué significa en la práctica

En la evaluación de los actos de transferencia o licencia de tecnología vinculados a las obras, el Instituto Nacional de la Propiedad Industrial (INPI) toma como elemento determinante la información que produzca NASA, y los contratos que celebre NASA son de inscripción automática.

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