Artículo 10Incorporación del art. 25 bis a la Ley de Partidos
Texto oficial
Incorpórase como artículo 25
bis de la Ley Orgánica de los Partidos Políticos, 23.298, el siguiente:
Artículo 25 bis: La afiliación se extingue por
renuncia, expulsión o violación de lo dispuesto en los artículos 21 y
24, debiendo cursarse la comunicación correspondiente al juez federal
con electoral.