Ley 26.571

Artículo 12Incorporación del art. 25 quáter a la Ley de Partidos

Texto oficial

Incorpórase como artículo 25 quáter de la Ley Orgánica de los Partidos Políticos, 23.298, el que queda redactado de la siguiente manera: Artículo 25 quáter: Los ciudadanos pueden formalizar su renuncia por telegrama gratuito o personalmente ante la secretaría electoral del distrito que corresponda. A tal fin se establece en todo el territorio de la República Argentina un servicio de telegrama gratuito para el remitente, para efectivizar las renuncias a partidos políticos. El gasto que demande este servicio será cargado, mediante el sistema sin previo pago, a la cuenta del Ministerio del Interior. El juzgado federal con electoral una vez notificado de la renuncia a una afiliación, deberá darla de baja y comunicarlo al partido al cual ha renunciado.

Qué significa en la práctica

Incorpora el Art. 25 quáter a la Ley 23.298 (Orgánica de los Partidos Políticos): permite renunciar a la afiliación por telegrama gratuito o ante la secretaría electoral, a cargo del Ministerio del Interior.

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