Citación de terceros . Cuando el mediador advirtiere que es necesaria la intervención de un tercero, , o a solicitud de cualquiera de las partes, o por el tercero, en todos los casos con acuerdo de las partes, podrá citarlo a fin de que comparezca a la instancia mediadora. El tercero cuya intervención se requiera debe ser citado en la forma y con los recaudos establecidos para la citación de las partes. Si el tercero incurriere en incomparecencia injustificada no podrá intervenir en la posteriormente.
Qué significa en la práctica
El mediador puede citar a un tercero cuya intervención considere necesaria.