Artículo 2Certificación previa de la afectación por la autoridad del FRAO
Texto oficial
La del Fondo para la Recuperación de la Actividad Ovina (FRAO)
creado por la Ley Ovina y prorrogada por la Ley 26.680, deberá
certificar la verdadera afectación de las condiciones productivas de
cada establecimiento, como condición previa a la condonación de los
intereses y capital correspondientes.
Qué significa en la práctica
Exige que, antes de condonar el capital y los intereses, la del Fondo para la Recuperación de la Actividad Ovina (FRAO) certifique la verdadera afectación de las condiciones productivas de cada establecimiento. La condonación no es automática: requiere comprobar el daño.