Artículo 28Nuevo inciso d) al artículo 5 de la Ley 26.360
Texto oficial
Incorpórase como inciso d) al primer párrafo del Art. 5 — Ley de promoción de inversiones en bienes de capital, el siguiente texto:
d) Para inversiones realizadas durante los cuartos doce (12) meses y
los siguientes quince (15) meses calendario inmediatos posteriores a la
fecha indicada en el inciso a) del presente artículo:
I. - En bienes muebles amortizables adquiridos, elaborados, fabricados
o importados en dicho período: como mínimo en tres (3) cuotas anuales,
iguales y consecutivas.
Qué significa en la práctica
Incorpora el inciso d) al primer párrafo del Art. 5 — Ley de promoción de inversiones en bienes de capital, fijando el régimen de amortización acelerada (mínimo tres cuotas anuales) para inversiones en bienes muebles realizadas en los tramos temporales que indica.