Dentro del monto autorizado para la 90 –
Servicio de la Deuda Pública, se incluye la suma de pesos treinta
millones ($ 30.000.000) destinada a la atención de las deudas referidas
en los incisos b) y c) del Art. 7 — Ley de Consolidación de Deudas (Bonos de Consolidación).