Ley 26.784

Artículo 10Asunción de facultades por el Poder Ejecutivo

Texto oficial

Las facultades otorgadas por la presente ley al jefe de Gabinete de Ministros podrán ser asumidas por el Poder Ejecutivo nacional, en su carácter de responsable político de la administración general del país y en función de lo dispuesto por el inciso 10 del artículo 99 de la Constitución Nacional.

Qué significa en la práctica

Las facultades que la ley otorga al Jefe de Gabinete pueden ser asumidas por el Presidente en su carácter de responsable político de la administración general del país (artículo 99 inciso 10 de la Constitución Nacional).

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