Ley 26.784

Artículo 11Contratación de obras plurianuales

Texto oficial

Autorízase, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional, 24.156 y sus modificaciones, la contratación de obras o adquisición de bienes y servicios cuyo plazo de ejecución exceda el ejercicio financiero 2013 de acuerdo con el detalle obrante en la planilla anexa al presente artículo.

Qué significa en la práctica

Autoriza, en el marco del Art. 15 — Administración Financiera de Administración Financiera, la contratación de obras o adquisición de bienes y servicios cuya ejecución exceda el ejercicio 2013, según la planilla anexa.

Normas relacionadas

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