Texto oficial
Establécese como
límite máximo la suma de pesos seiscientos treinta y cinco millones
quinientos treinta y ocho mil ochocientos cincuenta ($ 635.538.850)
destinada al pago de sentencias judiciales por la parte que corresponda
abonar en efectivo por todo concepto, como consecuencia de retroactivos
originados en ajustes practicados en las prestaciones correspondientes
a retirados y pensionados de las fuerzas armadas y fuerzas de
seguridad, incluido el Servicio Penitenciario Federal, de acuerdo con
el siguiente detalle:
Instituto de Ayuda Financiera para Pago de Retiros y Pensiones Militares130.037.850
Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal Argentina210.000.000
Servicio Penitenciario Federal135.495.000
Gendarmería Nacional154.006.000
Prefectura Naval Argentina6.000.000
Autorízase al jefe de Gabinete de Ministros, previa intervención del
Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, a ampliar el límite
establecido en el presente artículo para la cancelación de deudas
previsionales, reconocidas en sede judicial y administrativa como
consecuencia de retroactivos originados en ajustes practicados en las
prestaciones correspondientes a retirados y pensionados de las fuerzas
armadas y fuerzas de seguridad, incluido el Servicio Penitenciario
Federal, cuando el cumplimiento de dichas obligaciones así lo requiera.
Autorízase al jefe de Gabinete de Ministros a efectuar las
modificaciones presupuestarias necesarias a fin de dar cumplimiento al
presente artículo.