Ley 26.815

Artículo 24Atribuciones del Servicio Nacional

Texto oficial

Atribuciones y Funciones. Son atribuciones y funciones del Servicio Nacional de Manejo del Fuego: a) Establecer los lineamientos técnicos y operativos del Sistema, coordinando su planificación con las Coordinaciones Regionales, las jurisdicciones locales y la Administración de ; b) Confeccionar el Plan Nacional de Manejo del Fuego; c) Desarrollar e implementar un Programa de Competencias Laborales y Formación Continua que observe las particularidades de cada una de las Regiones. El Programa deberá estandarizar los conocimientos y definir experiencia laboral necesaria, para garantizar la idoneidad del personal que desempeña funciones de combate del fuego en los organismos que integran el Sistema Federal de Manejo del Fuego; d) Desarrollar e implementar un Sistema Nacional de Alerta Temprana y Evaluación de Peligro de Incendios; e) Desarrollar un Sistema de Información de Manejo del Fuego que facilite la adopción de políticas acordes al objetivo de esta ley, reuniendo y organizando la información de ocurrencia de fuego, la distribución de recursos y la cartografía afín al tema; f) Desarrollar un Programa de Fortalecimiento Operativo, promoviendo un nivel de organización, e incorporación de equipamiento y de tecnologías que garanticen la actuación segura y eficiente de los recursos terrestres y aéreos de apoyo al combate del fuego; g) Establecer mecanismos que aseguren el derecho a la información pública y a la participación ciudadana en el desarrollo e implementación del Sistema; h) Promover programas científico técnicos en temáticas tendientes a lograr un manejo del fuego acorde con los objetivos de esta ley; i) Coordinar con los organismos nacionales competentes el apoyo de éstos al Sistema; j) Canalizar la asistencia recíproca con otros países, concretando convenios de ayuda mutua, cooperación e intercambio, en lo referente a investigación y desarrollo tecnológico, capacitación profesional y técnica, y asistencia operativa; k) Programar las necesidades presupuestarias a nivel de Coordinación Regional con las provincias integrantes; l) Administrar el Presupuesto que le asigne la Nacional, atendiendo a los requerimientos de los organismos que conforman el Sistema; m) Brindar asistencia técnica a las iniciativas de la sociedad civil y del sector privado para la conformación de organizaciones de protección y lucha contra incendios forestales.

Qué significa en la práctica

Detalla las atribuciones del Servicio Nacional: fijar lineamientos técnicos, hacer el Plan Nacional, formar y estandarizar al personal, desarrollar la alerta temprana y los sistemas de información, fortalecer lo operativo, garantizar información y participación, promover la investigación y coordinar la asistencia nacional e internacional.

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