Ley 26.815

Artículo 25Brigadas Nacionales

Texto oficial

Brigadas Nacionales. El Servicio Nacional de Manejo del Fuego tiene Brigadas Nacionales que constituyen la reserva nacional de combate del fuego. Están dotadas de una estructura y funcionalidad que permitan asistir a las jurisdicciones locales y brindar una pronta respuesta para el control de incendios, con medios adecuados y proporcionales a la magnitud de éstos. Su ámbito de actuación es todo el territorio nacional, para lo cual deben estar debidamente capacitadas y entrenadas, y pueden actuar en las jurisdicciones locales únicamente a requerimiento de sus autoridades.

Qué significa en la práctica

El Servicio Nacional cuenta con Brigadas Nacionales, reserva nacional de combate, que asisten a las jurisdicciones locales solo a requerimiento de sus autoridades, en todo el territorio.

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