Niveles de intervención. Las
condiciones y modalidades de actuación de las distintas jurisdicciones
que integran el Sistema Nacional de Manejo del Fuego se caracterizan en
los siguientes niveles:
a) Nivel I: Es la fase de ataque inicial de todo incendio que se
origine dentro del territorio de una local o de la
Administración de , correspondiendo a dichas
autoridades las tareas de supresión.
b) Nivel II: Cuando la Autoridad Competente o la Administración de
consideren oportuno solicitará apoyo al Servicio
Nacional de Manejo del Fuego a través de la Coordinación Regional
correspondiente.
La Coordinación Regional arbitrará los medios para poner a disposición
de la afectada el personal, los materiales y equipos a su
alcance, propios o provenientes de las demás jurisdicciones integrantes
de la organización regional.
Las Coordinaciones Regionales se ceñirán a los procedimientos de
movilización, operaciones, desmovilización y apoyatura logística y
técnica, previstos en sus planes operativos.
c) Nivel III: Cuando, por la magnitud del siniestro, su duración o
complejidad, se viera superada la de respuesta del nivel
anterior, la Coordinación Regional solicitará a la Central Nacional,
con la conformidad de las Autoridades Competentes, la apertura del
presente nivel de actuación nacional y la afectación de recursos
extrarregionales.
El Servicio Nacional de Manejo del Fuego evaluará la posibilidad y
conveniencia de afectación de recursos humanos y materiales de
cualquier Coordinación Regional, según las características del
siniestro, ordenando el despacho de los medios disponibles.
Qué significa en la práctica
Define tres niveles: I (ataque inicial a cargo de la local o Parques), II (apoyo del Servicio Nacional vía Coordinación Regional) y III (afectación de recursos extrarregionales por la Central Nacional ante siniestros que superan la respuesta regional).