De las facultades. Las
actividades que desarrollen el Comité Nacional para la Prevención de la
Tortura y los mecanismos locales, de acuerdo con las competencias de la
presente ley, no podrán ser usadas como justificación para restringir
las facultades de las organizaciones de la sociedad civil interesadas
en el monitoreo de la situación de las personas privadas de libertad.
Qué significa en la práctica
Las actividades del Comité y de los mecanismos locales no pueden usarse como justificación para restringir las facultades de las organizaciones de la sociedad civil que monitorean la situación de las personas privadas de libertad.