Ley 26.844

Artículo 11Jornada de los adolescentes

Texto oficial

. La de los adolescentes entre dieciséis (16) y dieciocho (18) años, no podrá superar, bajo ninguna circunstancia, las seis (6) horas diarias de labor y treinta y seis (36) horas semanales.

Qué significa en la práctica

Fija la de los adolescentes de 16 a 18 años.

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