Ley 26.844

Artículo 70Actualización

Texto oficial

Actualización. Tasa aplicable. Los créditos demandados provenientes de las relaciones laborales reguladas por la presente ley serán actualizados y devengarán intereses en los mismos términos y condiciones previstas en el Art. 276 — Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificaciones, resultando igualmente de aplicación las normas contenidas en los artículos 277 y 278 de la citada ley y el Art. 55 — Ley de Modernización Laboral. (Artículo sustituido por Art. 110 — Ley de Modernización Laboral B.O. 06/03/2026. Vigencia: a partir de su publicación en el Boletín Oficial)

Qué significa en la práctica

Los créditos demandados se actualizan con la tasa aplicable.

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