Ley 26.844

Artículo 71Autoridad de aplicación

Texto oficial

. . El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación será la de la presente ley. ( Nota Infoleg: por art. 1° de la Resolución N° 204/2024 del Ministerio de Capital Humano B.O. 17/05/2024 se delega en la SECRETARÍA DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO, el ejercicio de las competencias como de la presente Ley. Vigencia: a partir del día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA)

Qué significa en la práctica

El Ministerio de Trabajo es la de la ley.

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