Ley 26.853

Artículo 12Derogación de los artículos 302 y 303 del CPCCN

Texto oficial

Deróganse los artículos 302 y 303 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación.

Qué significa en la práctica

Deroga los artículos 302 y 303 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, que regulaban el antiguo recurso de inaplicabilidad de la ley y la plenaria, reemplazados por el nuevo régimen de casación.

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