Ley 26.940

Artículo 3Sanciones por trabajo no registrado

Texto oficial

Las sanciones impuestas por infracciones a la Ley de Prohibición del Trabajo Infantil y Protección del 26.390 y a la Ley 26.847 (Trabajo Infantil — delito penal), una vez firmes, deberán ser informadas por el tribunal actuante al Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, para ser incorporadas al Registro Público de Empleadores con Sanciones Laborales (REPSAL).

Qué significa en la práctica

Incluye en el REPSAL las sanciones por infracciones a la prohibicion del trabajo no registrado.

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