Queda prohibida
la venta, expendio o suministro a cualquier título de los productos
comprendidos en el artículo 2° de la presente ley, en forma fraccionada
del envase original inscrito en el Ministerio de Industria de la Nación.
Qué significa en la práctica
Prohíbe vender, expender o suministrar estos productos en forma fraccionada del envase original inscripto en el Ministerio de Industria, para evitar que se elude el control y el rotulado.