Ley 27.008

Artículo 10El Poder Ejecutivo puede asumir las facultades del Jefe de Gabinete

Texto oficial

— Las facultades otorgadas por la presente ley al Jefe de Gabinete de Ministros podrán ser asumidas por el Poder Ejecutivo nacional, en su carácter de responsable político de la administración general del país y en función de lo dispuesto por el inciso 10 del artículo 99 de la Constitución Nacional.

Qué significa en la práctica

Aclara que todo lo que esta ley le permite hacer al Jefe de Gabinete también lo puede hacer directamente el Presidente, por ser el responsable político de la administración general del país según el artículo 99 inciso 10 de la Constitución Nacional.

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