Artículo 30Tope para pagar deudas previsionales de la ANSES
Texto oficial
— Establécese como
límite máximo la suma de pesos diez mil quinientos millones ($
10.500.000.000) destinada al pago de deudas previsionales reconocidas
en sede judicial y administrativa como consecuencia de retroactivos
originados en ajustes practicados en las prestaciones del Sistema
Integrado Previsional Argentino a cargo de la Administración Nacional
de la Seguridad Social, organismo descentralizado en el ámbito del
Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.
Qué significa en la práctica
Fija en $ 10.500.000.000 el máximo que se puede pagar en 2015 por deudas previsionales reconocidas en juicio o en sede administrativa, originadas en retroactivos por reajustes de haberes del Sistema Integrado Previsional Argentino a cargo de la ANSES. Es la partida con la que se pagan los juicios ganados por jubilados.