— Las
instituciones y los responsables de la dirección, administración o
conducción de las mismas que contrataren para realizar las tareas
propias de la actividad del profesional de la terapia ocupacional a
personas que no reúnan los requisitos exigidos por la presente ley, o
que directa o indirectamente las obligaren a realizar tareas fuera de
los límites que establece esta normativa, serán pasibles de las
sanciones previstas en la Ejercicio de la Medicina, sin perjuicio de la
, penal o administrativa que pudiere imputarse a
las mencionadas instituciones y responsables.
CAPÍTULO X
MATRICULACIÓN Y REGISTRO DE SANCIONADOS E INHABILITADOS
Qué significa en la práctica
Las instituciones y sus responsables que contraten personal no habilitado, o que lo obliguen a exceder los límites de la ley, serán pasibles de las sanciones previstas en la Ejercicio de la Medicina de Ejercicio de la Medicina, sin perjuicio de la , penal o administrativa que corresponda.