Ley 27.063

Artículo 101Demanda civil

Texto oficial

. El actor civil deberá concretar su y ofrecer la prueba en el plazo de CINCO (5) días desde que se le comunique la acusación. La se formulará por escrito, con las formalidades exigidas en el Código Procesal Civil y Comercial de la Nación y será comunicada de inmediato al civilmente demandado.

Qué significa en la práctica

El actor civil debe concretar su y ofrecer la prueba en 5 días desde que se le comunica la acusación, por escrito con las formalidades del Código Procesal Civil y Comercial, y se comunica de inmediato al demandado.

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