Ley 27.063

Artículo 105Citación en garantía del asegurador

Texto oficial

Citación en garantía del asegurador. El actor civil y el demandado civil podrán pedir la citación en garantía del asegurador. La intervención del asegurador se regirá por las normas que regulan la del demandado civil en cuanto sean aplicables, y podrá oponer todas las defensas que le acuerda la ley.

Qué significa en la práctica

El actor civil y el demandado civil pueden pedir la citación en garantía del asegurador, que interviene según las reglas del demandado civil y puede oponer todas las defensas que le da la ley.

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