Ley 27.063

Artículo 373Derechos de la víctima en la ejecución

Texto oficial

Derechos de la víctima. La víctima tendrá derecho a ser informada de la iniciación de todo planteo en el que se pueda decidir alguna forma de liberación anticipada del condenado, o la extinción de la pena o la medida de seguridad, siempre que lo hubiera solicitado expresamente ante el MINISTERIO PÚBLICO FISCAL, y de conformidad con las disposiciones de las leyes N° 24.660 y sus modificatorias y N° 27.372, o de aquellas que en el futuro las reemplacen.

Qué significa en la práctica

La víctima tiene derecho a ser informada de todo planteo sobre una posible liberación anticipada del condenado o la extinción de la pena o medida de seguridad, siempre que lo haya solicitado expresamente, conforme a las leyes 24.660 y 27.372.

Normas relacionadas

← Ver en Código Procesal Penal Federal completaLeyes