Órganos jurisdiccionales. Son órganos jurisdiccionales, en los casos y formas que las leyes determinan:
a. Los jueces con funciones de revisión;
b. Los jueces con funciones de juicio;
c. Los Tribunales de Jurados;
d. Los jueces con funciones de garantías;
e. Los jueces con funciones de ejecución.
Qué significa en la práctica
Son órganos jurisdiccionales los jueces con funciones de revisión, los de juicio, los Tribunales de Jurados, los jueces de garantías y los de ejecución.