Demandados. Si en el proceso hubiere varios imputados y civilmente demandados, la acción podrá ser dirigida contra uno o más de ellos.
Pero si lo fuera contra los segundos deberá obligatoriamente ser dirigida, además, contra los primeros. Si el actor no mencionare a ningún , se entenderá que se dirige contra todos.
Qué significa en la práctica
Con varios imputados y civilmente demandados, la acción civil puede dirigirse contra uno o varios; si va contra los demandados civiles, debe dirigirse también contra los imputados; si no se menciona a ninguno, se entiende dirigida contra todos.