Artículo 4El Banco Central instrumenta los aportes
Texto oficial
Autorízase al
Banco Central de la República Argentina en su carácter de depositario y
agente del país ante las instituciones financieras internacionales, a
efectuar en nombre y por cuenta de la República Argentina los aportes y
suscripciones establecidos por la presente ley.
Qué significa en la práctica
Autoriza al Banco Central de la República Argentina, en su carácter de depositario y agente del país ante las instituciones financieras internacionales, a efectuar en nombre y por cuenta de la Argentina los aportes y suscripciones que establece esta ley.