Ley 27.155

Artículo 7Obligaciones del trabajador guardavidas

Texto oficial

del trabajador guardavidas: a) Prevenir accidentes limitando los riesgos; b) Orientar y dar seguridad a las personas; c) Atender situaciones de emergencia, dando el correspondiente aviso a las autoridades sanitarias o con en materia de seguridad; d) Ejecutar técnicas de rescate acuático necesarias para llegar hasta la víctima, estabilizarla y sacarla de la condición de peligro, sin poner en riesgo su vida ni la de otras personas, cumpliendo los protocolos de salvataje vigentes; e) Suministrar los primeros auxilios de emergencia necesarios para mantener la vida de la víctima hasta que llegue la asistencia especializada; f) Vigilar las zonas de su área de responsabilidad e informar sobre los peligros para la salud, la seguridad y el bienestar propio, del público a su cargo; dejando constancia en el Libro de Agua; g) Conservar en buen estado los materiales, el equipo, las herramientas y el área de trabajo asignada, dando cuenta de los deterioros y necesidades de reparación y reposición; h) Solicitar a las autoridades que ejerzan el , para que se cumplan las normas y regulaciones estipuladas para la debida vigilancia de los ambientes acuáticos; i) Desempeñar eficaz y lealmente las tareas inherentes al cargo; j) Guardar pulcritud personal y observar un trato respetuoso con el público concurrente al lugar; k) Abstenerse de ingerir bebidas alcohólicas o sustancias que pudieran alterar las condiciones psicofísicas normales durante el desempeño de las tareas asignadas; l) Limitarse a sus tareas específicas dentro del horario de trabajo, permaneciendo en su área de responsabilidad, sin abandonarla, salvo previa autorización del superior inmediato; m) Colaborar con la protección del ambiente acuático, su flora y fauna; n) Proteger, defender y hacer respetar el ejercicio de su profesión; ñ) Acreditar su calidad de guardavidas mediante la presentación de la libreta de guardavidas debidamente actualizada, donde deberá registrarse la relación laboral.

Qué significa en la práctica

Enumera las obligaciones del guardavidas: prevenir accidentes limitando los riesgos; orientar y dar seguridad; atender emergencias y dar aviso a las autoridades; ejecutar técnicas de rescate; suministrar primeros auxilios; vigilar su área e informar los peligros dejando constancia en el Libro de Agua; conservar el equipo; no abandonar su puesto salvo autorización; guardar pulcritud y trato respetuoso; abstenerse de alcohol o sustancias durante el servicio; proteger el ambiente acuático; y acreditar su condición con la libreta de guardavidas actualizada.

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