La Empresa Argentina de Navegación Aérea Sociedad del Estado (EANA S.E.) se rige por las normas y principios de derecho privado, por lo que no le son aplicables las disposiciones de la Ley de Procedimientos Administrativos 19.549 y sus modificatorias, del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional establecido por el decreto 1.023 de fecha 13 de agosto de 2001 y sus modificatorios, de la Ley de Obras Públicas 13.064 y sus modificatorias y en general, normas o principios de derecho administrativo, sin perjuicio de los controles que resulten aplicables por imperio de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional 24.156 y sus modificatorias.
Qué significa en la práctica
EANA se rige por el derecho privado: no le aplican la Ley de Procedimientos Administrativos (19.549), el régimen de contrataciones del decreto 1.023/2001 ni la Ley de Obras Públicas (13.064), sin perjuicio de los controles de la Ley de Administración Financiera (24.156).